Documentos legales

Términos y Condiciones del Trámite

Versión 1.0 · Colegio Nacional de Ecólogos — COLNADE · NIT 900.281.223-5

TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL TRÁMITE

Matrícula, tarjeta profesional, duplicado y certificados · Versión 1.0 · 27 de septiembre de 2026

1. Objeto

Estos términos regulan las solicitudes de matrícula, tarjeta profesional, duplicado y certificados que se tramitan en colnade.co. Dichas solicitudes corresponden a la función asignada al Colegio por la Ley 1284 de 2009. En lo no previsto, se aplican la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA) y la Ley 1755 de 2015, en cuanto el Colegio cumple una función administrativa.

2. Requisitos

El solicitante debe acreditar título de ecólogo expedido o convalidado conforme a los artículos 5 y 8 de la Ley 1284 de 2009, adjuntar los documentos exigidos en la página del trámite, en formato PDF, JPG o PNG, legible y escaneado del original, y pagar la tarifa vigente publicada por el Colegio.

3. Radicación

Al enviar la solicitud, el sistema emite un acuse con número de radicado y la solicitud queda en estado «pendiente de validación». La radicación no implica aprobación.

4. Verificación y decisión

COLNADE revisa la solicitud mediante lista de chequeo y puede verificar el título ante la institución que lo expidió. La decisión se adopta dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes a la radicación completa.

5. Solicitudes incompletas

Si falta información, COLNADE devolverá la solicitud con observaciones. El solicitante contará con un (1) mes para completarla, prorrogable a petición suya hasta por un término igual. Si no la completa, se entenderá que desistió, conforme al artículo 17 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por la Ley 1755 de 2015, sin perjuicio de que pueda presentar una nueva solicitud.

6. Negación y recursos

La decisión que niegue la solicitud será motivada. Contra ella procede el recurso de reposición ante [instancia que decide] y, en subsidio, el de apelación ante [instancia superior], dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación, conforme al artículo 76 del CPACA.

7. Notificaciones electrónicas

Al radicar, el solicitante acepta ser notificado de las actuaciones del trámite en el correo electrónico registrado y en su cuenta, conforme al artículo 56 del CPACA. Es responsabilidad del solicitante mantener ese correo activo.

8. Tarifas y pagos

Las tarifas son las publicadas en colnade.co al momento de radicar la solicitud. El pago remunera el estudio de la solicitud. [Regla de reembolso cuando la solicitud se niega o se desiste].

9. Cuenta del colegiado

La cuenta es personal e intransferible. El titular es responsable de custodiar sus credenciales y debe informar de inmediato a COLNADE cualquier uso no autorizado. Cada seis (6) meses el sistema solicitará confirmar o corregir los datos registrados; este paso es condición para la expedición de nuevas constancias. COLNADE podrá suspender la cuenta ante indicios de uso fraudulento.

10. Constancias y certificados

La autenticidad de las constancias y certificados se verifica únicamente mediante el código QR y la página oficial de validación de colnade.co. La alteración de una constancia o el uso de una constancia ajena serán puestos en conocimiento de las autoridades competentes.

11. Disponibilidad del servicio

COLNADE procura la operación continua del sistema, pero no garantiza su disponibilidad ininterrumpida. Las suspensiones por mantenimiento o por fuerza mayor no afectan los plazos que corren a cargo del solicitante.

12. Propiedad intelectual

Los contenidos, el diseño, los signos distintivos y el software de colnade.co pertenecen a COLNADE o se usan con licencia. Su reproducción requiere autorización previa y escrita del Colegio.

13. Datos personales

El tratamiento de los datos personales se rige por la Política de Tratamiento de Datos Personales de COLNADE y por las autorizaciones otorgadas por el titular.

14. Modificaciones

Las modificaciones de estos términos rigen desde su publicación y no afectan las solicitudes ya radicadas.

15. Ley aplicable

Estos términos se rigen por la ley colombiana. Las controversias se resolverán ante la jurisdicción competente de la República de Colombia.

Este es el texto vigente. Cuando alguien acepta una autorización en el trámite, el sistema guarda la versión y la huella del texto que tuvo a la vista: si este documento cambia, lo que esa persona aceptó sigue siendo lo que leyó.
Peticiones, consultas y reclamos sobre datos personales: contacto@colnade.co